Bloqueo de plataformas e identificación de personas
“Para ti soy libro abierto”, dice una vieja canción que hoy cobra ímpetu fiscal y de vigilancia pública. La agencia de tributación quiere acceso a la contabilidad en tiempo real de empresas digitales.
Se han gastado millones en publicidad para convencer a la gente de irse a retratar. ¡Mejor que nos los den! Ya que el pobre infeliz que no tenga credencial no va a tener derecho ni de respirar. ¡Nadie lo va a querer! Así que si no quieres sufrir, tómate la foto, saca tu credencial. Tómate la foto, con huella digital. De ahora en adelante todos vamos a estar fichados.— Álex Lora (1992)
¡Bienvenido! Soy José Soto Galindo y esta es la newsletter sobre privacidad y sociedad de la información de México. Edición 257°.
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Tu contabilidad en tiempo real

El gobierno obligará a los proveedores de servicios digitales a “permitir a las autoridades fiscales, en forma permanente, el acceso en línea y en tiempo real a la información que obre en sus sistemas o registros, que esté relacionada con las operaciones de los servicios digitales que proporcionen”.
❌ Y si no cumplen, la ley castigará con el bloqueo temporal de sus operaciones, de acuerdo con la reforma al Código Fiscal de la Federación propuesta por la presidenta Sheinbaum a la Cámara de Diputados el lunes pasado (CFF, artículo 30-B).
Esta causal de bloqueo se sumará a otras vigentes, como la falta de inscripción en el registro fiscal o de designar a un representante legal y un domicilio en México en caso de empresas extranjeras. (LIVA, artículo 18-H Bis).
💰 La intención es que la agencia de recaudación de impuestos, conocida como SAT (Servicio de Administración Tributaria), tenga acceso permanente a los libros de las empresas, mexicanas y extranjeras, para vigilar sus operaciones y cobrar impuestos de forma más efectiva.
“Resulta necesario gestionar en forma más eficiente la información de los contribuyentes que realizan operaciones mediante estos nuevos modelos de economía digital, con la finalidad de mejorar la eficiencia recaudatoria y generar mayor equidad en este gravamen”, dice la explicación del nuevo artículo del Código Fiscal, parte del llamado Paquete Económico 2026.
📚 ¿A quiénes aplica? La obligación de exhibir su contabilidad en tiempo real aplica para empresas digitales que cobran por permitir que terceras personas ofrezcan bienes o servicios a los consumidores y que, a través de la misma plataforma, ambas partes acuerden las condiciones y el precio de la operación.
Según el Criterio 40/IVA/N del SAT, hablamos de:
Streaming. Servicios de descarga o acceso a contenido digital, tipo Netflix o ViX.
Comercio. Intermediación entre terceros, como tiendas en línea y marketplaces tipo Mercado Libre o Liverpool, o servicios de hospedaje tipo Airbnb.
Delivery y logística. Entrega a domicilio de alimentos preparados, tipo Rappi o DiDi Food, o de bienes muebles.
Taxis por aplicación. Empresas de redes de transporte, tipo Uber o DiDi.
Relaciones. Clubes en línea y páginas de citas.
Educación. Enseñanza a distancia o de test o ejercicios, tipo Duolingo o Platzi.
Falta que lo apruebe la Cámara de Diputados, donde la presidenta Sheinbaum y su movimiento político tienen una súper mayoría.
👩🏽⚖ Y en caso de controversia con los particulares, tocará al nuevo Poder Judicial de la Federación —elegido por voto popular— decir la última palabra.
🤔 ¿Tú qué crees que va a pasar?
Máquinas de identificación personal

El Gobierno de Sheinbaum pisó el acelerador en la implementación de la nueva CURP biométrica, una cédula de identidad con fotografía y huellas dactilares, y el registro de todos los clientes de telefonía móvil con su respectiva CURP, tradicional o biométrica.
Para la CURP biométrica, el gobierno activó una campaña de publicidad para explicar qué es este nuevo documento, para qué sirve y cómo se tramita.
Para la identificación de usuarios de telefonía, arrancó una prueba con las compañías de telefonía e internet móvil para identificar acciones y mejoras en el registro antes de su entrada en vigor plena. (ATDT en X)
Estas medidas fueron aprobadas en un paquete de reformas legales que amplía el registro, acceso y tratamiento de datos personales sensibles de todos los ciudadanos en México por parte del gobierno por motivos de seguridad y búsqueda de personas desaparecidas.
1. CURP biométrica
La CURP es la Clave Única de Registro de Población, un registro vigente desde 1996 administrado por la Secretaría de Gobernación (el ministerio del interior) a través del Registro Nacional de Población (Renapo).
🗄️ La CURP es una secuencia alfanumérica de 18 caracteres ligada a un expediente con nombre completo, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, nacionalidad y sexo o género de la persona a la que está vinculada.
La reforma de junio de 2025 le sumó fotografía y huellas dactilares.
🚨 Ojo: la propaganda del gobierno dice que también se recabará la imagen del iris de los ojos, pero este dato biométrico no se menciona en la Ley General de Población (artículo 91 BIS).
La CURP es un documento obligatorio —así lo dice la ley, artículo 91-Bis, aunque la propaganda y la presidenta Sheinbaum digan otra cosa— para recibir y contratar servicios públicos y privados.
Al contratar un servicio, el proveedor está obligado a registrarte con la CURP.

2. Identificación de usuarios
El registro de usuarios de telefonía e internet móvil con CURP es una imposición de la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que suma este padrón a las herramientas de intervención de comunicaciones privadas de la vieja ley.
Se trata de que cada línea activa esté vinculada a una CURP para que la Policía persiga la extorsión, los fraudes y “otros delitos cometidos mediante el uso de líneas telefónicas móviles”.
🪪 Porque todo el mundo sabe que los criminales usan teléfonos registrados con su nombre y apellido, lo que permite a los agentes de la ley su inmediata localización y captura.
El gobierno convocó el viernes pasado a las oficinas de la Policía federal a los representantes de Telcel, AT&T, Bait y Movistar, con quienes firmó un acuerdo para un registro preliminar de los usuarios.
Estas empresas gestionan 95% de las 148.3 millones de líneas activas.
La vigilancia de la norma será responsabilidad de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, próxima a nacer.
Esta comisión es un organismo desconcentrado de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones de la Presidencia de México y sustituirá al Instituto Federal de Telecomunicaciones.
La Agencia Digital insistió en un comunicado que los datos personales de los titulares de las líneas serán recabados y resguardados por las compañías telefónicas.
📺 ¡Pero te peinas, cuñao! —diría el clásico.
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Sobre mí
Soy José Soto Galindo, periodista. Fui director de Medios del Inai. Edité El Economista en línea. Soy maestro en Transparencia y Protección de Datos Personales, con especialidad en derecho de las telecomunicaciones y derecho de las tecnologías de la información. He dado clases de periodismo en la Universidad de Guadalajara, la Carlos Septién, el ITESO y la Anáhuac Oaxaca. Cada jueves publico en El Sol de México.
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