Te aviso y lo bajas en chinga
Las redes sociales están obligadas a retirar contenido supuestamente infractor de derechos de autor con un mecanismo que también puede usarse para la censura política. ¿Cómo puedes protegerte?
La asamblea de majaras ha decidido: ¡mañana sol y buen tiempo!.— Kortatu
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Primero lo bajas y luego viriguas, dirá el clásico. Las redes sociales de internet están obligadas a retirar contenido supuestamente infractor de derechos de autor en cuanto alguien les notifique de su existencia, reiteró la Suprema Corte hoy al negar un amparo contra el mecanismo conocido como “notificación y retirada”. (Amparo en Revisión 556/2022)
Este polémico sistema de notice and takedown, por su original en inglés, pone los intereses de quienes reclaman derechos de autor por encima de la libertad de expresión y el derecho a la información de las personas.
Dame contexto. La reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor de 2020 incluyó el mecanismo que obliga a retirar contenido de internet si alguien acusa de violar derechos de autor.
Sin pruebas ni jueces. Las redes sociales (como YouTube, TikTok, Spotify o Instagram) y los servicios de alojamiento (como SuEmpresa, Amazon, Wix o GoDaddy) deben suspender en chinga la divulgación del contenido, sin necesidad de comprobar que sea una obra registrada, sin verificar si quien reclama es el verdadero dueño, sin pedir pruebas de la infracción y sin una orden de un juez.
Ya después viriguan en un proceso judicial o administrativo de por lo menos tres semanas entre la persona responsable del contenido y el denunciante.
Este proceso puede nunca llevarse a cabo debido a denuncias falsas, pero el daño contra la libertad de expresión y el derecho a la información será irreversible.
La ley prevé sanciones por notificaciones falsas, pero no existe información pública que confirme que se ha sancionado, a diferencia de la evidencia empírica en sentido contrario.
¿Por qué importa? Un uso ilegítimo del mecanismo puede provocar censura y limitar tu derecho a conocer información y opiniones que a otros no les conviene que se sepan.
El mecanismo tiene objetivos legítimos, como garantizar el beneficio de los autores que crearon las obras, y al mismo tiempo puede ser utilizado para censurar y limitar el discurso público, sobre todo cuando están involucrados políticos, personas expuestas mediáticamente, gobiernos o competidores comerciales.
“A veces, se trata de actores políticos que intentan censurar discursos políticos o empresas que silencian las críticas a sus productos o prácticas”, advirtió YouTube en su informe de transparencia de solicitudes de retirada por copyright.
En un país amateur como México, donde la libertad de expresión enfrenta serias amenazas, notice and takedown puede fomentar la censura sin un debido proceso legal.
Como digo una cosa digo otra
Notificación y retirada. El asunto discutido hoy fue notificado en la agenda de la Primera Sala en enero de 2024, pero el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, responsable del proyecto de sentencia, se arrepintió de último momento y lo retiró de la lista.
Su propuesta de 2024 era conceder el amparo a la organización Artículo 19, promotora del litigio, y declarar el mecanismo inconstitucional.
Tres doritos después. Año y medio después, Pardo Rebolledo propuso un nuevo proyecto con un resultado radicalmente opuesto: negar el amparo y avalar el mecanismo.
¿Por qué pasó? El ministro recibió mucha presión de los impulsores de notice and takedown: las oficinas de cabildeo de las corporaciones que más se benefician de los derechos de autor: estudios de cine y televisión, gestores de derechos de transmisión del futbol y publicadores de música.
También se registró una sentencia del Pleno de la Corte (que reúne a todos los ministros del tribunal) contra una acción de inconstitucionalidad de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
Esa sentencia de 2024 avaló el mecanismo y de paso aprobó las sanciones contra las personas que rompan los candados de seguridad digital de obras protegidas, conocidos como medidas tecnológicas de protección (como hacer jailbreak a un teléfono o computadora o cambiar el formato de un libro electrónico).
Notificación y retirada ha entrado de lleno al ordenamiento jurídico mexicano y ya nada podrá extirparlo.
¿Qué puedes hacer?
Sigue estos pasos si alguna de tus publicaciones es retirada de una plataforma usando notice and takedown. No te aseguro que tendrás éxito en todos los casos, pero lucharás por que tu voz no sea silenciada:
Solicita la restauración del contenido mediante un contraaviso. Presenta tus argumentos si consideras que se ha cometido un error.
Limitaciones o excepciones. Si no eres el titular de los derechos de la obra en conflicto, argumenta por qué sí puedes usarla considerando las excepciones previstas por la ley para usos específicos que no requieren una licencia del titular:Citas de textos. Puedes tomar fragmentos de una obra siempre que sean pequeños, de forma que no parezca que estás copiando la obra completa o una parte sustancial de ella.
Noticias y actualidad. Puedes reproducir artículos, fotos, ilustraciones y comentarios sobre hechos actuales que hayan salido en periódicos, radio, televisión o en otros medios siempre que el autor no haya dicho expresamente que está prohibido.
Crítica e investigación. Puedes usar partes de una obra para hacer críticas o trabajos de investigación científica, literaria o artística.
Juicios y trámites. Puedes hacer copias de obras si son necesarias como prueba en un juicio o trámite administrativo.
Obras en espacios públicos. Puedes reproducir, comunicar y distribuir imágenes (dibujos, fotos, videos) de obras que estén a la vista en lugares públicos.
Ojo: puedes hacerlo “siempre que no se afecte la explotación normal de la obra, sin autorización del titular del derecho patrimonial y sin remuneración, citando invariablemente la fuente y sin alterar la obra”. (Ley Federal del Derecho de Autor, artículo 148)
Exige a la plataforma la republicación de tu contenido. Para mantener el bloqueo de tu publicación, la persona denunciante debe iniciar un procedimiento judicial o administrativo, una denuncia penal o un mecanismo alterno de solución de controversias. (LFDA, Artículo 114 Octies)
🤐 La persona tiene 15 días para hacerlo. Si no lo hace, la plataforma debe reactivar tu contenido de inmediato.
Este plazo implica que tu contenido podría vivir en la zona del silencio por lo menos tres semanas. No te desanimes. Es parte de la defensa.
En lo que se resuelve la disputa, vuelve a subir tu contenido eliminando los elementos de conflicto. Aunque no es una acción prevista en el contraaviso, tienes la posibilidad de volver a publicar si eliminas los elementos que detonaron la controversia.
Denuncia los abusos en tus redes sociales. Alerta cuando se utiliza el derecho de autor como excusa para borrar críticas o silenciar opiniones. No permitas que este mecanismo, creado para proteger a los autores, se convierta en un arma de censura de contenido legítimo.
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Sobre mí
Soy José Soto Galindo, periodista. Fui director de Medios del Inai. Edité El Economista en línea de 2010 a 2024 y antes fui editor en Público-Milenio (2001-2009). Soy maestro en Transparencia y Protección de Datos Personales por la UdeG y tengo especialidad en derecho de las telecomunicaciones (IIJ-UNAM) y derecho de las tecnologías de la información (ITAM). Doy clases de periodismo en la Universidad de Guadalajara.
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